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Cómo dar de baja CEMIC: fallecimiento del titular, traspasos y baja voluntaria

Actualizado el 17 de octubre de 20264 min de lecturaPrepagaYa

La página oficial de afiliados de CEMIC explica la baja por fallecimiento (se envía el certificado de defunción a consultasafiliados@cemic.edu.ar) y los traspasos de obra social (se hacen online), pero no publica un formulario ni un procedimiento de baja voluntaria ni un plazo de preaviso. Para una baja común, usá los canales oficiales de afiliados y dejá constancia por escrito; si no te dan respuesta, la ley te permite notificar por carta documento.

1Baja por fallecimiento del titular

CEMIC indica enviar el certificado de defunción al mail consultasafiliados@cemic.edu.ar. Si fallece el titular, la titularidad la asume otro afiliado integrante del mismo grupo, que firma un nuevo contrato de forma presencial en la oficina de Av. Las Heras 2900, en días hábiles de 9 a 18. Recordá que el decreto 1993/2011 mantiene la cobertura del del primario durante dos meses desde el fallecimiento, sin pagar.

2Baja voluntaria: canales oficiales

La página de afiliados no describe un trámite de baja voluntaria. Los canales que CEMIC publica para consultas de afiliados son: consultasafiliados@cemic.edu.ar, WhatsApp 11 2160-4545 y la atención administrativa de Av. Las Heras 2900 (teléfono 5299-1000, días hábiles de 9 a 18). Pedí la baja por escrito (mail o presencial con copia sellada), indicá nombre, DNI y número de afiliado, y guardá la respuesta con fecha.

3Traspaso a otra obra social

Si tu aporte va a CEMIC por relación de dependencia y querés cambiar, CEMIC dice que los traspasos se hacen online y que para el recupero de aportes se necesita la constancia de la de la opción de cambio. El paso a paso de esa opción está en la guía de cambio de obra social.

4Antes de bajarte

Si te das de baja y volvés más tarde, empezás de cero: se pierde la antigüedad y pueden aplicar de nuevo. Si el motivo es el precio, consultá primero otro plan de CEMIC, o compará otra prepaga y pasate sin dejar un hueco de cobertura.

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5Qué dice la ley (vale para todas las prepagas)

, artículo 9: podés en cualquier momento, sin penalidad, notificando de forma fehaciente con 30 días de anticipación. El decreto reglamentario agrega que solo se puede ejercer una vez por año y que la prepaga no puede condicionar tu baja a que canceles antes lo que debas. Si CEMIC no te da la baja, mandá una carta documento y reclamá ante la Superintendencia de Servicios de Salud.

En resumen

CEMIC publica el trámite por fallecimiento y los traspasos, pero no un procedimiento de baja voluntaria: pedila por escrito por sus canales de afiliados y, si hace falta, por carta documento. Guardá siempre la constancia.

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Las palabras técnicas que aparecen acá, explicadas en simple. Tocá una para ver qué significa.

  • PMO (Programa Médico Obligatorio)

    Piso de prestaciones que toda prepaga tiene que cubrir en todos sus planes, del más barato al más caro. Lo fija el Ministerio de Salud (Res. 201/2002) y lo amplían leyes especiales, como las de fertilización, diabetes o celiaquía.

    Fuente: Ley 26.682 (Infoleg)

  • Grupo familiar

    Quienes podés sumar a tu plan: tu cónyuge o conviviente, tus hijos solteros hasta los 21 (hasta los 25 si estudian y están a tu cargo, y sin límite si tienen una discapacidad y están a tu cargo), los hijos de tu cónyuge y los menores bajo tu guarda o tutela.

    Fuente: Ley simple: Medicina prepaga (argentina.gob.ar)

  • SSSalud (Superintendencia de Servicios de Salud)

    Organismo del Estado que controla a las prepagas y obras sociales y recibe los reclamos de los afiliados, gratis, en el 0800-222-72583 o en sssalud.gob.ar.

  • Carencia

    Plazo de espera desde que te afiliás para usar una prestación superadora. No puede aplicarse a nada del PMO, el contrato tiene que decir a qué prestaciones alcanza y nunca puede superar los 12 meses desde la firma.

    Fuente: Decreto 1993/2011 (Infoleg)

  • Ley 26.682

    Marco regulatorio de la medicina prepaga (2011). Obliga a cubrir el PMO en todos los planes, prohíbe rechazar a alguien por preexistencias o por edad y fija las reglas de carencias, bajas y aumentos por edad.

    Fuente: Ley 26.682 (Infoleg)

  • Baja de la prepaga

    Podés darte de baja en cualquier momento, avisando con 30 días de anticipación, una vez por año, sin multas ni cargos y sin que te exijan pagar lo adeudado. La prepaga solo puede terminar el contrato por 3 cuotas impagas consecutivas (intimándote antes) o por falsedad en la declaración jurada.

    Fuente: Ley simple: Medicina prepaga (argentina.gob.ar)

Preguntas frecuentes

¿Cómo doy de baja CEMIC por fallecimiento del titular?

Enviando el certificado de defunción a consultasafiliados@cemic.edu.ar. Otro integrante del grupo puede asumir la titularidad firmando un nuevo contrato en Av. Las Heras 2900.

¿CEMIC tiene un formulario de baja online?

Su página de afiliados no publica un formulario de baja. Los canales de consulta son el mail consultasafiliados@cemic.edu.ar, el WhatsApp 11 2160-4545 y la atención en Av. Las Heras 2900.

¿CEMIC publica un plazo de preaviso para la baja?

No en su página de afiliados. La Ley 26.682 (art. 9) fija 30 días de preaviso fehaciente para rescindir sin penalidad.

¿Cómo hago un traspaso de obra social en CEMIC?

CEMIC indica que los traspasos se efectúan online y que se necesita la constancia de la Superintendencia de la opción de cambio para recuperar aportes.

¿Pueden condicionar la baja a que pague una deuda?

No. El decreto reglamentario de la Ley 26.682 dice que la prepaga no puede supeditar tu baja a la cancelación previa de lo adeudado, aunque la deuda siga siendo exigible.

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